Pecuaria

Publican en Colombia una nueva normativa para la inspección, vigilancia y control de la cadena cárnica

El Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia emitió la Circular Externa 24 de 2025, estableciendo nuevas directrices para la inspección, vigilancia y control de la cadena cárnica colombiana, buscando proteger la salud pública y reducir la ilegalidad en el sacrificio y comercialización de productos cárnicos.

La circular llegó después del incremento de prácticas clandestinas en la cadena cárnica, los cierres de plantas de beneficio, y el riesgo para la salud pública debido a la distribución de carne no refrigerada o proveniente de lugares no autorizados.

Además, según la circular “se evidenciaron dificultades relacionadas tanto con el funcionamiento de los Comités de Inspección Vigilancia y Control de la carne como con las entidades regionales y sus acciones de inspección, vigilancia y control, las cuales, inciden directamente en los resultados obtenidos en la lucha contra la ilegalidad y clandestinidad”.

De acuerdo con la circular, se estableció como fecha límite el 4 de abril de 2025 para que “las plantas de beneficio animal de categoría nacional, correspondientes a las especies bovina, bufalina y porcina,
implementen de manera total el sistema de refrigeración. Esta implementación, en las plantas
nacionales, además de ser una medida sanitaria puede constituirse como una herramienta
complementaria para la formalidad y la lucha contra la ilegalidad”.

La ilegalidad se busca enfrentar a través del trabajo coordinado entre niveles territoriales, comités técnicos, campañas educativas, formación de personal de IVC y aprovechamiento responsable de decomisos bajo principios de economía circular. Pero según la circular, la impiementación del 100% de frío se encuentra en un 78.31% para las plantas nacionales de bovinos y bufalinos y en un 86.6% en las plantas nacionales de porcinos.

Por consiguiente, “las plantas de beneficio de categoría nacional que hayan avanzado en la implementación del sistema de refrigeración, pero que no llegaron al 100% podrán seguir distribuyendo únicamente el porcentaje de carne que puedan refrigerar con los avances implementados. En otras palabras, aquellas plantas que, a la fecha del 4 de abril de 2025, no hayan completado la implementación total del sistema, no podrán distribuir volúmenes adicionales a los efectivamente refrigerados”.

Pueden consultar la circular completa en el siguiente enlace.

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