Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) perderá por completo el control sobre la administración de sus recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos, una vez que se implemente la reforma judicial en septiembre de 2025.
La misma suerte correrá el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), según establece la iniciativa de nueva Ley Orgánica del PJF, enviada ayer miércoles al Senado por la Presidenta Claudia Sheinbaum.
El nuevo Órgano de Administración Judicial (OAJ) controlará todos estos temas, que hasta ahora, han estado en manos de la Presidencia de la Corte, por una parte, y de una Comisión de Administración del TEPJF, en la que participan su Presidenta y consejeros de la Judicatura.
El OAJ es, además, el que aprobará el proyecto de presupuesto anual de todo el PJF, pues la Corte solo podrá generar un “anteproyecto” que someterá a consideración del nuevo órgano.
Los cinco integrantes del OAJ no será electos por voto popular, sino que tres serán nombrados por mayoría de seis de nueve Ministros de la Corte, uno por el Senado y otro por el Ejecutivo, en tanto que su Presidencia será electa por sorteo.
Los designados por la Corte no tendrán que ser magistrados federales de carrera o abogados, sino que cualquier profesionista con cinco años de experiencia en áreas administrativas podrá obtener el puesto.
El OAJ controlará las unidades de Administración en la Corte, el TEPJF y el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).
“La Unidad de Administración de la Suprema Corte es órgano auxiliar del OAJ encargado de administrar los recursos humanos, materiales, financieros y tecnológicos de la Corte, conforme a los reglamentos, presupuestos y Acuerdos Generales que expida el OAJ”, se lee en la iniciativa.
También emitirá las bases para todas las contrataciones, compras y arrendamientos, y controlará todos los inmuebles, incluidos los de la Corte y el TEPJF.
Pocos cambios
Buena parte de la iniciativa reproduce la actual Ley Orgánica del PJF, publicada en junio de 2021, que derivó de la reforma judicial impulsada por el entonces Presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
No se incluyó, por ahora, ninguna reforma procesal en materia de amparo, controversias y acciones, por lo que con nueve Ministros en vez de 11, y funcionando solo en Pleno al eliminarse las dos Salas, la nueva Corte tendrá que atender el mismo número de asuntos que la actual.
Se prevé que los interesados soliciten a la Corte realizar audiencias públicas previas a dictar sentencia, tema en el que la Ministra Lenia Batres ha insistido en varias ocasiones. Si la audiencia es rechazada la Corte tendrá que explicar las razones.
Las ausencias definitivas de Ministros por muerte o renuncia serán cubiertas por quien obtuvo el segundo lugar en la elección correspondiente, al tiempo que se elimina el reemplazo temporal del Presidente o Presidenta por el Ministro decano.
La función también la asumirá el segundo con más votos en la elección.
Además, se elimina facultad del Pleno para dirimir controversias al interior del PJF, prevista en el artículo 11, fracción XVII de la ley vigente, con base en el cual la Corte abrió en octubre un expediente para revisar la reforma judicial, el cual aún está pendiente.
La nueva ley tampoco prevé cambios en las atribuciones de los tribunales colegiados de Circuito, colegiados de Apelación, Plenos Regionales o juzgados de Distrito, donde la novedad es que la mitad de los Jueces y Magistrados serán electos por voto popular en 2025.
En el tema de jueces sin rostro para delincuencia organizada, la iniciativa se limita a mencionar que el OAJ “podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y, de forma excepcional, resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley”, sin aclarar a qué norma se refiere.
Agencia Reforma