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México abre Cupo para importar carne de res

La Secretaría de Economía publica este 28 de Junio en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar carne de res bajo el arancel-cupo que se indica, esto es, se establece un cupo para importar al 31 de diciembre de 2021, carne de bovino fresca, refrigerada y congelada (carne de res) con el arancel-cupo establecido en el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2020, como se indica en la siguiente tabla:

México abre Cupo para importar carne de res a 163

El procedimiento de asignación directa en la modalidad de “Primero en tiempo, Primero en derecho” se efectuará conforme a los siguientes criterios:

I.     El monto a expedir será el que resulte menor entre:

a)   La cantidad solicitada;

b)   El monto indicado en la factura comercial;

c)   2,000 toneladas, o

d)   El saldo del cupo.

II.     Para asignaciones subsecuentes de cupo, se deberá acreditar el ejercicio total de por lo menos una de las asignaciones otorgadas anteriormente, adjuntando copia de los pedimentos de importación correspondientes.

III.    La cantidad acumulada que podrá asignarse a un beneficiario será de hasta el 25% del cupo.

Los interesados en la obtención del cupo a que se refiere el presente Acuerdo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior en la dirección electrónica www.ventanillaunica.gob.mx o en la Oficina de Representación en la entidad federativa de la Secretaría de Economía que corresponda al domicilio del interesado, utilizando el formato SE-FO-03-033 “Asignación directa de cupo de importación y exportación”, adjuntando digitalizada la factura comercial del producto a importar y la firma electrónica (e.firma) del interesado.

Una vez que la Secretaría de Economía determine que se han cumplido los requisitos a que se refiere el párrafo anterior, emitirá la “Constancia de Registro de Asignación de cupo” dentro de los tres días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud del trámite, el cual tendrá una vigencia del periodo comprendido a partir de la fecha de expedición y hasta el 31 de diciembre de 2021.

El Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación compartimos la liga para su análisis: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5622328&fecha=28/06/2021

Fuente: Arriba el Campo

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