Cuba flexibiliza sacrificio y comercialización de carne de vacuno para productores

La Habana.— El Gobierno de Cuba modificó las reglas para el sacrificio, consumo y comercialización de carne de vacuno y équidos, con el objetivo de facilitar la actividad de los productores agropecuarios y ampliar las opciones para colocar sus productos en el mercado.
El Ministerio de Agricultura estableció la nueva normativa mediante la Resolución 162/2026, publicada en la Gaceta Oficial No. 75 Ordinaria, que sustituirá las disposiciones vigentes desde 2021 y entrará en vigor 30 días después de su publicación.
La regulación contempla a personas físicas y jurídicas propietarias de ganado bovino y équidos que decidan sacrificar sus animales para autoconsumo o comercialización. La medida busca incentivar la producción ganadera y reconocer mayores facultades a los propietarios sobre sus animales.
Entre los cambios destaca la posibilidad de que personas que no poseen tierras puedan cebar terneros y añojos machos, siempre que registren el ganado y cuenten con la correspondiente licencia sanitaria.
Para acceder al sacrificio, los propietarios deberán estar inscritos en los registros oficiales de tierras y control pecuario, además de cumplir con las disposiciones de sanidad animal y los pesos mínimos establecidos para las diferentes categorías de ganado.
En el caso de los équidos, el sacrificio podrá realizarse por decisión del productor y sin tasa de extracción, siempre que los caballos adultos alcancen un peso mínimo de 280 kilogramos y las hembras que ya no sean aptas para reproducción lleguen al menos a 250 kilogramos.
Una vez determinada la capacidad productiva, los ganaderos deberán acordar con el balancista municipal las cantidades destinadas a los mercados autorizados y al autoconsumo. También deberán obtener un certificado de sacrificio emitido por la autoridad veterinaria y el documento que permita trasladar los animales hacia instalaciones autorizadas.
La nueva disposición permite además que los productores puedan disponer de productos derivados del sacrificio, como carne, sangre, cuero y vísceras, para consumo propio o comercialización en los destinos permitidos, siempre que se cumplan las condiciones sanitarias y de inocuidad.
La Resolución 162/2026 deja sin efecto la normativa establecida en abril de 2021, que imponía mayores restricciones al sacrificio de ganado y condicionaba esta actividad al cumplimiento de compromisos estatales de entrega de leche y carne, así como al crecimiento de los hatos.
El cambio ocurre en un contexto de dificultades económicas y alimentarias en Cuba, donde la carne de res continúa siendo un producto de acceso limitado para buena parte de la población.




