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México expresa “grave preocupación” por arancel antidumping preliminar de 4,83% a su fresa

El Departamento de Comercio de Estados Unidos establece un margen preliminar de dumping de 4,83% para la mayoría de los exportadores mexicanos de fresa, en el marco de una investigación iniciada el 31 de diciembre de 2025 a petición de productores de Florida. La Secretaría de Economía expresa su “grave preocupación” por la resolución.

La investigación abarca fresas mexicanas cosechadas o importadas entre el 1 de noviembre y el 31 de marzo, convencionales u orgánicas, enteras o cortadas, con o sin tallo, independientemente de su presentación comercial. La petición original introdujo dos elementos que la Secretaría de Economía considera controvertidos: separar las llamadas “fresas de invierno” del resto de las fresas y evaluar el daño sobre un mercado regional del este de Estados Unidos, en lugar del mercado nacional en su conjunto.

La ITC concluyó en su reporte preliminar de marzo que no existían bases para tratar las fresas de invierno como un producto distinto ni para reconocer un mercado regional separado. Pese a ello, el Departamento de Comercio mantuvo ambos criterios en su resolución preliminar. La Secretaría de Economía considera esa aplicación arbitraria y sostiene que los supuestos empleados no son consistentes con el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial del Comercio ni con diversas disposiciones del T-MEC.

La decisión alcanza una cadena de casi 5.000 productores mexicanos, de los cuales el 97% cultiva superficies de 10 hectáreas o menos, y genera alrededor de 151.000 empleos permanentes y temporales. Durante 2025, México exportó a Estados Unidos 263.000 toneladas de fresa por un valor de 1.000 millones de dólares.

La Secretaría de Economía advierte que el caso puede sentar un precedente para que otros productores estadounidenses impulsen investigaciones similares contra exportaciones hortofrutícolas mexicanas mediante la división de un producto por temporadas o la delimitación de mercados regionales. La resolución final de la ITC se espera para principios de 2027, y solo si tanto el Departamento de Comercio como la ITC emiten determinaciones afirmativas se podrá aplicar una orden antidumping definitiva.

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