Pecuaria

Colombia endurece requisitos para importar derivados cárnicos desde el extranjero

Colombia puso en marcha nuevas disposiciones sanitarias para las empresas extranjeras que deseen exportar derivados cárnicos y otros productos de origen animal al país, al establecer la obligación de obtener una habilitación sanitaria previa ante las autoridades competentes.

La medida, vigente desde el 1 de agosto de 2026, fue anunciada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) y el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), con el propósito de reforzar los controles sanitarios en las importaciones.

De acuerdo con el nuevo esquema, los establecimientos que elaboren productos clasificados en las categorías de riesgo sanitario 3, 4 y 5 deberán tramitar su habilitación ante el ICA para ser incorporados al Sistema de Información Sanitario para Importación y Exportación de Productos Agrícolas y Pecuarios (Sispap).

Este registro permitirá la emisión del Documento Zoosanitario para Importación (DZI), requisito indispensable para que las mercancías puedan iniciar el proceso de inspección al arribar a territorio colombiano. Los productos considerados de riesgo sanitario categoría 2 estarán exentos del DZI, aunque deberán someterse al procedimiento de inspección correspondiente.

Además de los trámites ante el ICA, las empresas exportadoras deberán cumplir con los requisitos establecidos por el Invima, entre ellos el registro de los establecimientos fabricantes, contar con las autorizaciones sanitarias vigentes para los productos y obtener el visto bueno en la licencia de importación a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE).

Asimismo, cada embarque deberá ingresar al país con el Certificado de Inspección Sanitaria para Importación (CIS), documento expedido por el Invima como parte del proceso de control sanitario.

Las autoridades colombianas informaron que trabajan en la emisión de la resolución que establecerá el procedimiento definitivo para la habilitación de plantas extranjeras exportadoras. Una vez entre en vigor, las empresas deberán ajustarse a las nuevas disposiciones, salvo aquellas ubicadas en países con los que Colombia mantiene tratados comerciales que contemplen acuerdos en materia sanitaria.

Con estas medidas, Colombia busca fortalecer la vigilancia sanitaria de los productos cárnicos importados y garantizar el cumplimiento de los estándares de inocuidad en los alimentos que ingresan al mercado nacional.

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