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La verdad sobre nueva Ley del Agua: Crean delitos y aumentan sanciones.

Reforma elimina transmisión de derechos y concentra control del líquido en Conagua

I DE II PARTES
Sin rodeos, la reforma a la Ley de Aguas Nacionales y la nueva Ley del Agua, propuestas por el Gobierno de México, hace de Conagua el único responsable de regular su uso, con un capítulo amplio de delitos, aumento a las sanciones administrativas y eliminación de la transmisión de derechos, confirmó El Diario de acuerdo con un análisis comparativo de las iniciativas y las críticas realizadas a las mismas.

Con el argumento de que el agua “deje de verse y administrarse como mercancía”, la reforma rubricada por Claudia Sheinbaum desaparece “el régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares”, con la advertencia de que “toda concesión que no sea utilizada para los fines autorizados, debe regresar a la Conagua para que ésta decida una mejor distribución y aprovechamiento de ese recurso”.

Para tal efecto habrá revisiones para erradicar prácticas de acaparamiento, detectar usos irregulares, un amplio inventario de sanciones, con aumento en multas y un inédito catálogo de delitos hídricos.

Estas medidas, dice la iniciativa, permitirán recobrar la rectoría del Estado en el régimen del agua y tener una distribución más justa, “garantizando a las generaciones presentes y futuras el disfrute de este derecho elemental”.

Sin embargo, agricultores, legisladores y gobernantes opositores han advertido que la eliminación del régimen de transmisiones de derechos de agua entre particulares, afecta directamente la seguridad jurídica y el valor de las tierras.

Temen los productores no poder vender, heredar o transferir sus derechos de uso de agua.

El texto propuesto para el Artículo 22 de la Ley de Aguas Nacionales reitera este mandato sin lugar a dudas: “Los derechos amparados en las concesiones y asignaciones no serán objeto de transmisión”.

La iniciativa reemplaza el concepto de transmisión de derechos por la “reasignación de volúmenes”, y eso previo análisis y autorización de “la Autoridad del Agua”, Conagua.

Inclusive propone la derogación total de los artículos 33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Aguas Nacionales vigente, eliminando por completo el Capítulo V del Título Cuarto de la Ley de Aguas Nacionales, que regulaba dicha transmisión de títulos.

En el caso de ejidatarios o comuneros que transmitan la titularidad de la tierra y cuenten con una concesión de agua, deberán solicitar a “la Autoridad del Agua” la reasignación de volúmenes para la nueva persona titular, separando el uso respecto al dominio de la tierra en caso de transferencia.

Ven los agricultores que, en la derogación del derecho de los concesionarios a transmitir sus derechos de los títulos y la creación de un nuevo régimen basado en la reasignación unilateralmente autorizada por la autoridad, genera inseguridad jurídica e impacto económico en las tierras agrícolas.

Además, la nueva Ley del Agua, advierten, genera una centralización con cambios en la estructura de autoridad de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) y los Organismos de Cuenca. Por ejemplo, facultando al titular de la Dirección General de dicha Comisión para participar con voz y voto en las sesiones del Consejo Técnico.

Anteriormente, el director general participaba con voz, pero sin voto, otorgándole más poder de decisión a la cabeza de la autoridad federal.

Los Organismos de Cuenca verán reducida su capacidad de expedir títulos. Actualmente pueden expedir títulos de concesión, asignación y permisos de descarga, pero con la nueva propuesta sólo podrán “participar en la expedición”, y en términos del Reglamento Interior de “la Comisión”, transfiriendo el poder real de otorgamiento a la autoridad central.

En la propuesta de reforma hay una ampliación de facultades de intervención para la Conagua, permitiéndole emitir medidas necesarias y acuerdos específicos, de carácter transitorio o permanente, para atender situaciones de escasez, sobreexplotación y para garantizar la seguridad hídrica, ampliando la capacidad de intervención estatal.

La iniciativa prioriza el derecho humano al agua para consumo personal y doméstico, con el supuesto de garantizar la seguridad hídrica, pero con ello limita el acceso para actividades productivas como la agricultura, que también es actividad vital humana.

Otro elemento señalado por los agricultores es que la Ley de Aguas nacionales podría convertirlos en “delincuentes” debido a la incorporación de nuevos ilícitos y sanciones, con la incorporación de un capítulo de infracciones, sanciones administrativas y “delitos hídricos”.

Los nuevos delitos, sancionados con pena de prisión, serán aplicables a quien traslade aguas nacionales con fines de lucro sin autorización; altere, desvíe u obstruya cauces o vasos de aguas nacionales generando afectación directa o poniendo en peligro a personas o ecosistemas; o, a quien modifique los dispositivos de medición para simular un consumo menor y obtener un beneficio económico.

Pero, además, la propuesta aumenta las sanciones administrativas por las faltas cometidas.

Por ejemplo, en el Artículo 120, las multas por violaciones graves (como explotar volúmenes mayores a los autorizados) pasan de un rango máximo de 26 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) a un máximo de 50 mil.

Ley de Aguas busca quitar concesiones.

II y última parte

En el foro convocado por legisladores de oposición en el Congreso del Estado, efectuado la semana pasada, las posturas quedaron claras.

Los agricultores perciben la reforma no como solución técnica, sino como herramienta de centralización.

Advierten agricultores que no es una herramienta técnica, sino mecanismo de centralización y control político que atenta contra el patrimonio y la seguridad jurídica de los productores.

Alexa Jiménez, integrante de Agricultores Unidos de Chihuahua, expresó ahí que la iniciativa busca quitar concesiones y derechos de manera arbitraria.

Además que centraliza el uso, poder y administración del agua, exponiendo a los usuarios al autoritarismo y al mal funcionamiento en trámites, no transparenta el uso del recurso, criminaliza al agricultor y prohíbe la transmisión y cambio de titularidad de derechos.

La ley pone en riesgo la seguridad alimentaria nacional y quita valor a la tierra al retirarle el recurso hídrico.

“Preocupa que la nueva ley en lugar de resolver estos casos, acuse a los productores de estar en la irregularidad”

El productor Cornelio Reimer, manifestó gran preocupación por la incertidumbre y los rezagos de años en la Comisión Nacional del Agua (Conagua), donde solicitudes de prórrogas o cambios de título no son resueltos, a pesar del plazo legal de 60 días.

Le preocupa que la nueva ley en lugar de resolver estos casos, acuse a los productores de estar en la irregularidad, con una centralización que generará un aumento de la corrupción y frenará la inversión en el campo.

El ejidatario Jorge Robles consideró la iniciativa como un “capricho” que data de 2020 y es retomada en un momento crítico por el Tratado de Aguas Internacionales.

Argumentó que la prohibición de la transmisión de derechos (Art. 22) afecta a los ejidatarios y pequeños propietarios, quienes rentan su tierra para sostener la economía agroalimentaria.

Criticó que la ley condiciona la tecnificación: si hay ahorro de agua, este pasaría al “banco de agua del gobierno” en lugar de quedarse en presas para uso futuro sin reducir la concesión en papel.

Denunció que el propuesto Registro Nacional de Agua no será público y que no ofrece certeza.

Asimismo, alertó que el Artículo 118 modificaría la ley para dar facultades a Conagua de otorgar permisos para construir presas de jales mineros cerca de cuerpos de agua, algo que la ley actual no permite.

La académica e investigadora Yasmín Rivera señaló que las prórrogas de los títulos de concesión se basarían en la nueva figura de asignación, sin certeza de que puedan prorrogarse y revisarían la disponibilidad de acuíferos, a pesar de que el volumen ya está contabilizado en el Registro Público de Derechos de Agua.

“La iniciativa es un “capricho” que data de 2020 y es retomada en un momento crítico por el Tratado de Aguas Internacionales”

Jorge Robles, Ejidatario

Denunció que las cuotas energéticas (PEGUAS) son negadas por SADER si el productor tiene trámites inconclusos en Conagua debido a la falta de personal, lo que impide seguir produciendo. Confirmó que la exposición de motivos de la ley señala muy claramente que busca concluir el régimen de las transmisiones de derechos.

Participaron en el foro los legisladores federales Antonio Meléndez, Mario Vázquez, María Angélica Granados Tres Palacios, Carmen Rocío González, y los diputados locales Francisco Sánchez (Movimiento Ciudadano), Arturo Medina (PRI) y Alfredo Chávez (PAN).

“Las prórrogas de los títulos de concesión se basarían en la nueva figura de asignación, sin certeza de que puedan prorrogarse”

Yasmín Rivera, Académica e investigadora

LOS TRANSITORIOS

El extenso dictamen de reforma a la Ley de Aguas Nacionales publicado en la gaceta de la Cámara de Diputados el 9 de octubre y subido al pleno para ser turnado a Comisión, avala la constitucionalidad de la reforma y la técnica legislativa.

En su página última del comparativo de la actual Ley vigente con la propuesta de reforma, agrega seis transitorios.

La entrada en vigor al día siguiente de su aprobación, la derogación de las disposiciones que se opongan al decreto, la no ampliación presupuestal, y la expedición del reglamento en 180 días.

Los transitorios quinto y sexto son los que llamaron la atención y son candados para evitar cualquier interpretación contraria.

“QUINTO. En tanto no se emita la normativa señalada en el artículo transitorio anterior, se seguirán aplicando las disposiciones vigentes antes de la entrada en vigor del presente Decreto, siempre que no se opongan a los principios y directrices de éste”.

“SEXTO. Los títulos de concesión, asignación y permisos que se encuentren sujetos a la resolución de algún trámite ante la Comisión Nacional del Agua al momento de la publicación del presente Decreto, se resolverán en términos de la normatividad vigente con anterioridad a la entrada en vigor de éste, siempre que no se opongan a sus principios y directrices”.

Los transitorios blindan, si o sí, la entrada en vigor inmediata de la nueva Ley de Aguas y las reformas a la Ley de Aguas Nacionales, para lo cual basta la mayoría simple (251 diputados y 65 senadores) que incluso Morena tiene sin necesidad de echar mano de sus aliados, salvo en el Senado, donde le faltan diez que bien le pueden proporcionar PT y Verde.

 

Fuente: El Diario de Chihuahua

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